Derechos fundamentales en virtud del Real Decreto-ley 23/2018:

  1. Los viajeros recibirán toda la información esencial sobre el viaje combinado antes de celebrar el contrato.
  2. Siempre habrá al menos un empresario responsable de la correcta ejecución de todos los servicios de viaje incluidos en el contrato.
  3. Se facilitará a los viajeros un número de teléfono de emergencia o los datos de un punto de contacto para ponerse en comunicación con el organizador o el minorista.
  4. Los viajeros podrán ceder el viaje combinado a otra persona, con un preaviso razonable y sujeto al reembolso de los costes de la cesión.
  5. El precio del viaje sólo podrá aumentarse si se producen costes específicos (por ejemplo, precios del combustible) y si se contempla expresamente en el contrato, sin que pueda revisarse en los últimos 20 días anteriores al inicio.
  6. Los viajeros podrán resolver el contrato sin pagar penalización alguna y recibir el reembolso de todos los pagos si alguno de los elementos esenciales del viaje sufre una modificación sustancial.
  7. En caso de insolvencia del organizador/minorista, los pagos serán reembolsados.
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